sábado, 23 de mayo de 2015

EN MI PUBLICACIÓN HARÉ REFERENCIA AL USO DE LA TECNOLOGÍA Y LA COMUNICACIÓN REFERENTE A LAS LEYES, LEY 1437 DE 2011, LEY 270 DE 1996, LEY 1564 DE 2012.


CPACA LEY 1437 DE 2011

El Cpaca tiene como finalidad atender de todos los actos y derechos de las personas en lo referente en el área administrativa observando la supremacía de la constitución política, brindando todas las garantías y el debido proceso artículo 29 de la constitución. Algunas de las tantas funciones de los jueces, y en especial de los colegiados,  el artículo 25 dice que los autos interlocutorio y de trámite son dictados por el ponente. En el CPACA encontramos los usos de la tecnología y la información, en lo que tiene que agilizar con la atención de peticiones, quejas y reclamos mediante el principio de celeridad, también encontramos el expediente electrónico, este expediente electrónico tiene una característica que es que tiene una firma digital, para tener más seguridad.

Estatutaria de la Administración de Justicia
LEY 270 DE 1996

Consagra los principios de celeridad y eficacia según los cuales la administración de justicia debe ser pronta y cumplida en los asuntos a su cargo, el uso de las tecnologías y la informática, lo vemos reflejado en su comité técnico interinstitucional de la red telemática, la cual es encargada de la tecnología en la justicia.


Código General del Proceso
LEY 1564 DE 2012
El objeto regula todo lo que tiene que ver con civil, comercio, familia y agrario. Encontramos una plataforma con el nombre de plan de justicia digital, está integrado por todos los procesos y herramientas de la justicia de la actuación judicial, permite formar y gestionar expedientes digitales y el litigio en línea, poniendo así de presente el principio de celeridad en la justicia.


2 comentarios:

  1. Gracias por su aporte. Su publicación cumple con la exigencia metodológica de referirse por separado a cada uno de los cuerpos normativos indicados y de incorporar los principales hallazgos de la investigación desplegada.

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  2. Gracias por su aporte. Su publicación cumple con la exigencia metodológica de referirse por separado a cada uno de los cuerpos normativos indicados y de incorporar los principales hallazgos de la investigación desplegada.

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